Guía del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS): Información requerida en la Inscripción, y el Registro
Actualizado 24 julio 2025
Abril 2025
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Glosario de Términos Clave
FIRS | Programa de Registro de Influencia Extranjera. El Programa introducido por medio de la Sección 4 de la Ley de Seguridad Nacional de 2023. |
---|---|
Arreglo | Cualquier tipo de acuerdo, ya sea formal o informal. Podría incluir un contrato, memorando de entendimiento (MOU) o un acuerdo o arreglo informal de compensación. |
Poder extranjero | Tiene el significado dado en el Artículo 32 de la Ley de Seguridad Nacional de 2023. |
Actividades de influencia política | Una comunicación, comunicación pública, o provisión de dinero, bienes o servicios, destinados a influenciar un asunto político. |
Persona | Un individuo, u otra persona que no sea un individuo, tal y como una empresa. |
Registrante | Una persona a quien se requiere que se inscriba en virtud del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS). |
Poder extranjero determinado | Un poder extranjero que ha sido determinado por Reglamento, en virtud del nivel superior del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS). |
Capítulo 1: Sobre esta Guía
El Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) es un programa de dos niveles que gasegura la trasparencia de influencia extranjera en la política del Reino Unido, y proporciona garantías superiores en torno a las actividades de ciertos poderes o entidades extranjeros, que quizá representen un riesgo para la seguridad y otros intereses del Reino Unido. Está contenido en el Título 4 de la Ley de Seguridad Nacional de 2023.
A aquellos que se registren en el programa, se les requiere que proporcionen datos sobre si mismos o su organización, datos sobre su acuerdo, y datos sobre las actividades a ser llevadas a cabo. El servicio de registro online dirigirá a los registrantes para que proporcionen la información apropiada de acuerdo con sus propias circunstancias.
La información registrada en virtud del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) que se refiera a actividades de influencia política, será incluida en un Registro Público. El objetivo de este Registro es informar mejor al público, sobre la dimensión y medida de la influencia extranjera en los asuntos políticos del Reino Unido. Aquellos que aparecen en el Registro Público, debería de considerarse que prestan apoyo a los objetivos de trasparencia del programa. Aparecer en el Registro no significa que un individuo o entidad esté haciendo algo ilegítimo.
Esta guía proporciona detalles adicionales sobre la información requerida a la hora registrarse, e información sobre el Registro Público, incluyendo los acuerdos específicos que serán publicados, las circunstancias bajo las cuales pueden que resulten de aplicación excepciones a la publicación, y el tiempo durante el cuál la información es conservada en el Registro Público. Está dirigida a aquellos que quizá se encuentren en el ámbito de cualquier nivel del Programa, así como para usuarios del Registro Público.
Una guía separada resulta disponible sobre los requisitos del nivel de influencia política y el nivel superior
Capítulo 2: Información requerida que se refiere a los participantes (ambos niveles)
1 Participante puede ser un individuo, una entidad corporativa (tal y como una empresa de responsabilidad limitada) o una asociación sin personalidad jurídica (tal y como un club deportivo).
2 Cierta información relativa a los participantes será incluida en el Registro Púbico, tal y como se indica en la columna de la derecha de las tablas que figuran a continuación. No obstante, sólo será publicada información si el mismo acuerdo se encuentra dentro del ámbito de ser publicado, y no resulta de aplicación ninguna excepción relativa a la publicación. Detalles adicionales de los acuerdos que serán publicados, puede encontrarse en el Capítulo 5.
Participantes individuales
3 Cuando un participante sea una persona física, se le requiere que proporcione la siguiente información:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Nombre completo | Sí |
2 | Cualquier nombre previo | |
3 | Día y mes de nacimiento | |
4 | Año de nacimiento | Sí |
5 | Nacionalidad | |
6 | Dirección de residencia y correspondencia | Parcial (únicamente localidad, ciudad, provincia, region, y país o territorio) |
7 | Número de teléfono (cuando resulte disponible) | |
8 | Dirección de correo electrónico (cuando resulte disponible) |
4 Asimismo, a los participantes individuales se les require que proporcionen una copia de un documento de identidad, para que su identidad sea identificada. La copia de este documento de identidad es para los fines de referencia por parte del Equipo de Gestión del Caso del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) y no será objeto de publicación. Uno de los siguientes documentos de identidad deberían de ser proporcionados, en orden de preferencia:
-
Pasaporte del Reino Unido;
-
Permiso de conducir del Reino Unido
-
Pasaporte extranjero;
-
Tarjeta de Identidad emitida por un Estado de la Unión Europea (EU) o de la Unión Económica Europea (EEA); • Permiso de conducir de la Unión Europa (EU);
-
Tarjeta de Identidad extranjera.
5 Cuando un individuo no disponga de ninguno de los documentos que figuran más arriba, entonces se les requiere que proporcionen una de las siguientes piezas de información, en orden de preferencia:
-
Número del Seguro Nacional de Salud del Reino Unido
-
Número de la Seguridad Social extranjero, y el país o territorio que emitió el número.
6 No se aceptará que un individuo elija proporcionar una forma de documento de identidad que sea de una prioridad menor, para el caso de que ellos sean titulares de un documento que sea de una prioridad mayor. Por ejemplo, un individuo que sea titular de un Pasaporte del Reino Unido y un pasaporte de otro país, habrá de proporcionar una copia del pasaporte del Reino Unido.
Participantes que sean una Persona Jurídica
7 Cuando un participante sea una persona jurídica, se requiere que proporcione la siguiente información:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Nombre completo y cualquier nombre comercial | Sí |
2 | [Cuando resulte de aplicación] Número de registro de empresa y el nombre del Registro Público en el que se encuentren registradas (por ejemplo, Registro Mercantil) | Sí |
3 | Fecha de constitución | |
4 | País o territorio de constitución | Sí |
5 | Dirección registrada o dirección de la sede social | Sí |
6 | Dirección de correspondencia | |
7 | Número de teléfono | |
8 | Dirección de correo electrónico |
8 Cuando un participante sea una persona jurídica, se requiere además información relativa a un Oficial de la Entidad. Ésta debería de referirse a un Director, un Miembro del Comité de Gestión, un Director Ejecutivo, un Encargado, un Secretario, u otro Oficial similar de la organización. Ésta no tiene que ser necesariamente la misma persona que la que cumplimente el formulario. Ninguno de sus datos serán incluidos en el registro público.
9 La información requerida de este Oficial será conforme con la información requerida de participantes individuales. La provisión de esta información garantiza que resulten identificables las personas responsables, y prevenir que el programa sea objeto de abuso por parte de empresas ficticias.
Participantes que sean una Asociación sin personalidad jurídica
10 Cuando un participante sea una asociación sin personalidad jurídica, se le requiere que proporcione la siguiente información:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Nombre de la asociación sin personalidad jurídica | Sí |
2 | [Cuando resulte de aplicación] Número de registro de empresa y el nombre del Registro Público en el que se encuentren registradas (por ejemplo, Registro Mercantil) | Sí |
3 | Fecha de su formación | |
4 | País o territorio de su sede principal | Sí |
5 | Dirección principal | Sí |
6 | Dirección de correspondencia | |
7 | Número de teléfono | |
8 | Dirección de correo electrónico |
11 Cuando un participante sea una asociación sin personalidad jurídica, además se requiere información relativa a un Oficial de la asociación. La misma debería de referirse a una persona que esté involucrada en la gestión o control de la asociación. Ésta no tiene que ser necesariamente la misma persona que la que cumplimente el formulario. Ninguno de sus datos serán incluidos en el Registro Público.
12 La información requerida de este Oficial será conforme con la información requerida de participantes individuales La provisión de esta información garantiza que resulten identificables las personas responsables, y prevenir que el programa sea objeto de abuso por parte de empresas ficticias.
Información relativa a terceros representantes
13 Los participantes podrán confiar a terceros representantes, que cumplimenten el formulario de inscripción en su nombre. En esas circunstancias, se requiere cierta información sobre el representante, de forma adicional a la información sobre el participante.
14 Este apartado no resulta de aplicación a un empleado que se inscriba para su propia empresa. En ese caso, el participante es una persona jurídica.
15 Los datos relativos a un tercero representante no son publicados; únicamente los datos sobre los propios participantes son objeto de publicación.
16 Un tercero representante podría ser una persona física, o también podría ser una persona jurídica (por ejemplo, un despacho de abogados) o una asociación sin personalidad jurídica. La información requerida dependerá de si el representante es una persona física, una persona jurídica o una asociación sin personalidad jurídica.
17 Cuando un participante sea una persona física, se le requiere que proporcione la siguiente información sobre la persona física:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Nombre completo | |
2 | Cualquier nombre previo | |
3 | Dirección de residencia y correspondencia | |
4 | Número de teléfono | |
5 | Dirección de correo electrónico |
18 Cuando un participante sea una persona jurídica, se requiere la siguiente información sobre la persona jurídica:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Nombre completo y cualquier nombre comercial | |
2 | Dirección registrada o dirección de la sede social | |
3 | Dirección de correspondencia | |
4 | Número de teléfono | |
5 | Dirección de correo electrónico |
19 Cuando un participante sea una asociación sin personalidad jurídica, se requiere la siguiente información sobre la asociación sin personalidad jurídica:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Nombre completo y cualquier nombre comercial | |
2 | Dirección de la sede social | |
3 | Dirección de correspondencia | |
4 | Número de teléfono | |
5 | Dirección de correo electrónico |
Capítulo 3: Información requerida en virtud del nivel de influencia política
20 A aquellos que inscriban un acuerdo en virtud del nivel de influencia política, se les requiere que proporcionen datos de su acuerdo con el poder extranjero, y detalles de sus actividades de influencia política. Actividades de influencia política pueden ser cualquiera de las siguientes:
Actividades de comunicación;
-
Actividades de comunicación pública;
-
Actividades de desembolso (la provisión de dinero, bienes o servicios).
21 La mayoría de la información relativa a inscripciones en virtud del nivel de influencia política serán incluidas en un Registro Público, a menos que resulte de aplicación una excepción a la publicación.
Información relativa a acuerdos de nivel de influencia política
22 A aquellos que se inscriban en virtud del nivel de influencia política, se les requiere que proporcionen las siguiente información en cualesquiera circunstancias:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Descripción de la naturaleza y forma del acuerdo (por ejemplo, un contrato) | Sí |
2 | Nombre del poder extranjero (por ejemplo, Partido del Gobierno del País A) | Sí |
3 | Fecha en la que fue dada la instrucción | |
4 | [Cuando aquellos que lleven a cabo las actividades no sean las mismas personas que los participantes [“P”]] Los nombres de las personas a realizar las actividades (o una descripción de las personas a realizar las actividades) su función en las actividades y su relación con el participante (por ejemplo, consultores que formen parte de la red de trabajo X, de la cuál el participante también sea miembro, que estén involucrados en actividades de influencia parlamentaria) | Sí |
5 | [Cuando aquellos que lleven a cabo las actividades no sean las mismas personas que los participantes [“P”]] Dirección de correo electrónico, número de teléfono y dirección de residencia de aquellos que realizan las actividades (cuando resulte disponible) | |
6 | Fecha(s) en las que ocurrieron o darán comienzo las actividades de influencia | Sí |
7 | Si las actividades habrán de ser realizadas a modo de actividad única, o si serán objeto de repetición | Sí |
8 | Fecha final estimada de las actividades de influencia política (o una declaración en la que figure que las actividades continuarán indefinidamente o su fecha final resulta conocida) | Sí |
23 La información en la línea #4 más arriba no requiere que los participantes proporcionen datos de todos los empleados de una empresa involucrada en actividades que sean objeto de inscripción. Cuando las actividades hayan de ser llevadas a cabo por una empresa, resulta suficiente proporcionar el nombre de la empresa y la relación de la empresa con el participante.
Información relativa a actividades de comunicación
24 A aquellos que inscriban actividades de comunicación, también se les requiere que proporcionen la siguiente información:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Función de la persona a quien se realiza la comunicación (por ejemplo, Subdirector de Ejecución de Inmigración) Cuando una persona física receptor de la comunicación no pueda ser identificada individualmente, o bien: * La categoría de la persona a quien se realizará la comunicación (por ejemplo, Miembro del Parlamento); o bien * Una descripción de los tipos de persona a quien se realiza la comunicación (por ejemplo, funcionarios experimentados responsables de inmigración en el Ministerio del Interior Británico) |
Sí |
2 | Nombre de la persona a quien se realiza la comunicación (cuando resulte conocida) | Sí |
3 | Naturaleza y (cuando resulte conocida) la forma de la comunicación (por ejemplo, correo electrónicos) | |
4 | Fines y resultado que se persigue con la comunicación (por ejemplo, para influenciar Diputados para asegurar que no se apruebe una enmienda a la legislación X) | Sí |
25 Cuando actividades de influencia política están dirigidas a persona físicas identificables, el Gobierno tiene la intención de notificarles con antelación a la publicación de la inscripción.
Información relativa a actividades de comunicación pública
26 A aquellos que inscriban actividades de comunicación pública, también se les requiere que proporcionen la siguiente información:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Naturaleza y (cuando resulte conocido) el medio de la comunicación (por ejemplo, un artículo en el periódico) | Sí |
2 | Público al que la comunicación está destinado (si resulta conocido) (por ejemplo, hombres de negocios en el campo de la Inteligencia Artificial (AI)) | Sí |
3 | Fines y resultado que se persigue con la comunicación (si resulta conocido) (por ejemplo, para alentar al Gobierno a que revierta una decisión política reciente en el asunto X) | Sí |
Información relativa a actividades de desembolso
27 A aquellos que inscriban actividades de desembolso, también se les requiere que proporcionen la siguiente información:
# | Tipo de información requerida | Publicada |
---|---|---|
1 | Naturaleza del dinero, bienes y servicios a ser distribuidos (por ejemplo, servicios de consultoría sobre oportunidades de inversión en proyectos de energía eólica en el país X) | Sí |
2 | Valor de los bienes o servicios a ser distribuidos | Sí |
3 | Nombre de la persona que recibe los bienes o servicios | |
4 | Función o calidad en la que actúa la persona que recibe los bienes o servicios (por ejemplo, Subdirector de Ejecución de Inmigración) Cuando una persona física receptora de dinero, bienes o servicios no pueda ser identificada individualmente, resulta aceptable una descripción de los tipos de personas a quienes se realiza el desembolso (por ejemplo, funcionarios experimentados responsables de inmigración el Ministerio del Interior Británico) | Sí |
5 | Fines y resultado que se persigue con el desembolso (por ejemplo, para alentar al Gobierno que apruebe una licencia de exportación para la empresa X) | Sí |
Capítulo 4: Información requerida en virtud del nivel superior
28 Aquellos que se inscriban en virtud del nivel superior podrán ser, o bien:
-
Una persona en un acuerdo con un determinado poder o Ente extranjero;
-
Un Ente controlado por un determinado poder extranjero, que inscriba sus propias actividades.
Información relativa a acuerdos con determinados poderes o Entes extranjeros
29 Cuando un acuerdo haya de ser inscrito en virtud del nivel superior, se requiere la siguiente información:
# | Tipo de información requerida | Publicada (actividades de influencia política) | Publicada (otras actividades) |
---|---|---|---|
1 | Descripción de la naturaleza y forma del acuerdo (por ejemplo, Memorandum de Entendimiento no vinculante jurídicamente) | Sí | |
2 | Nombre de la persona específica | Sí | |
3 | Fecha en la que se dio la instrucción | Sí | |
4 | [Cuando aquellos que realicen las actividades no sea la misma persona que el participante (“P”)] Los nombres de las personas que lleven a cabo las actividades (o una descripción de las personas que lleven a cabo las actividades) su función en las actividades y su relación con el participante (por ejemplo, consultores que formen parte de la red de trabajo X, de la que también forma parte el participante, que estén involucrados en la provisión de asesoramiento sobre los márgenes de riesgo en el proyecto X) | Sí | |
5 | Dirección de correo electrónico, número de teléfono y dirección de residencia de aquellos que lleven a cabo las actividades (cuando resulte disponible) | ||
6 | Una descripción de los tipos de actividades relevantes a ser llevadas a cabo (por ejemplo, actividades de marketing, a ser llevadas a cabo por medio de anuncios en la televisión y en eventos en persona para accionistas en industrias X) | Sí | |
7 | Fines y resultado que se persigue de las actividades (por ejemplo, para concienciar e incrementar el número de solicitantes a las oportunidades X) | Sí | |
8 | La fecha en la que se espera que den comienzo las actividades | Sí | |
9 | Si las actividades son realizadas con carácter puntual o si habrán de repetirse | Sí | |
10 | Fecha final anticipada de las actividades (o una declaración en la que se indique que las actividades continuarán de forma indefinida o que su fecha final resulta desconocida) | Sí |
30 La información en la línea #4 más arriba no requiere que los participantes proporcionen datos de todos los empleados de la empresa involucrada en actividades registrables.
31 Cuando las actividades hayan de ser realizadas por una empresa, el nombre de la empresa es suficiente.
32 Cuando un acuerdo sea registrable en virtud del nivel superior y del nivel de influencia política, sólo la inscripción en virtud del nivel superior es requerida. Cuando actividades de influencia política hayan de ser llevadas a cabo como parte de un acuerdo registrado en virtud del nivel superior, se requiere asimismo la información solicitada en el nivel de influencia política sobre esas actividades.
Ejemplo (publicación del nivel superior):
El Gobierno de un País A ha sido especificado en virtud del nivel superior, y todas las actividades constituyen “actividades relevantes”. Una empresa A de consultoría en el Reino Unido firma un contrato con el Gobierno de un País A, para proporcionar asesoramiento a empresas de un País A sobre cómo invertir en el Reino Unido. Asimismo, a la empresa de consultoría se le instruye por parte del Gobierno, que reduzca los aranceles aduaneros a la importación sobre bienes procedentes del País A.
33 La información registrada en virtud del nivel superior no será publicada, a menos que el acuerdo sea relativo o incluya, la realización de actividades de influencia política, la información que haya de publicarse será conforme con aquella que es publicada en virtud del nivel de influencia política. Por ejemplo, cuando un acuerdo abarque tanto actividades de influencia política como otras actividades inscribibles, únicamente será publicada la información relativa a actividades de influencia política.
Información relativa a actividades realizadas por un Ente controlado por un determinado poder extranjero
33 Cuando un Ente controlado por un poder extranjero específico inscribe sus propias actividades, se requiere que proporcione la siguiente información:
# | Tipo de información requerida | Publicada (actividades de influencia política) | Publicada (otras actividades) |
---|---|---|---|
1 | Una descripción de los tipos de actividades relevantes a ser llevadas a cabo (por ejemplo, actividades de promoción cultural para mostrar el arte de los artistas del siglo XVIII del País X a estudiantes universitarios ) | Sí | |
2 | Fines y resultado que se persigue con las actividades (por ejemplo, para aumentar el conocimiento de la cultura del País A e incrementar el entendimiento de las diferencias culturales entre el Reino Unido y el País A) | Sí | |
3 | La fecha en la que se espera que den comienzo las actividades | Sí | |
4 | Si las actividades son realizadas con carácter puntual o si habrán de repetirse | Sí | |
5 | Fecha final anticipada de las actividades (o una declaración en la que se indique que las actividades continuarán de forma indefinida o que su fecha final resulta desconocida) | Sí |
34 Cuando una persona específica inscriba actividades de influencia políticas, a esa persona se le requiere además que proporcione la información que sería requerida por el nivel de influencia política sobre esas actividades.
35 Datos de las actividades inscritas por personas específicas no serán publicados, a menos que esas actividades sean actividades de influencia política. En estas circunstancias, la información objeto de publicación habrá de resultar conforme con aquella que sea publicada en virtud del nivel de influencia política. Cuando un acuerdo acoja tanto actividades de influencia política como otras actividades inscribibles, únicamente la información relativa a actividades de influencia política será publicada.
Capítulo 5: El Registro Público
36 La información registrada en virtud del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) que sea relativa a actividades de influencia política, será incluida en un Registro Público. El objetivo de este Registro es informar mejor al público sobre la dimensión y la medida de influencia extranjera en los asuntos políticos del Reino Unido.
37 Aquellos que aparecen inscritos en el Registro Público habrán de considerarse que apoyan los objetivos del programa. Aparecer inscrito en el Registro no significa que una persona o Entidad esté haciendo algo ilegítimo.
38 La información es publicada en el Registro tan pronto como resulte razonablemente práctico, una vez que la misma haya sido procesada por un trabajador del caso del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS). No se publica en intervalos programados; en cambio, se trata de un Registro en vivo, que es actualizado con carácter regular.
39 En algunas circunstancias resultan de aplicación excepciones a la publicación, tal y como se indica en el Chapter 7. Información no será incluida en el Registro Público cuando estas circunstancias resulten de aplicación.
40 El algunas circunstancias, la información proporcionada a la hora de inscribirse, puede ser resumida en el Registro Público, en vez de ser publicada en su totalidad. Ésto es para garantizar que las entradas en el Registro Público cuenten con un volumen de detalle constante, y para garantizar que únicamente es publicada información que resulta relevante para los objetivos de trasparencia del programa. Por ejemplo, si un participante proporciona información que era irrelevante para su acuerdo o actividades dentro del ámbito del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) dentro de la misma respuesta que la información que se les requería, la información irrelevante no sería publicada.
Conservación de la información en el Registro Público
41 La información es conservada en el Registro Público durante 10 años después de la fecha final indicada del acuerdo. Cuando al inscribirse no se haya proporcionado una fecha final, la información será retenida en el Registro de forma indefinida.
42 Las personas físicas o jurídicas pueden actualizar su información por medio del portal de registro online en cualquier momento, para informar de que ha finalizado un acuerdo.
43 Asimismo, el Equipo de Gestión del Caso del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) revisará de forma regular la información publicada, para identificar si la misma debería de continuar apareciendo en el Registro.
44 Cuando el Equipo de Gestión del Caso albergue razones para creer que un acuerdo abierto ha cesado, puede que ellos hagan una anotación en ese sentido en el Registro Público, y quizá eliminen del Registro un acuerdo abierto cuando alberguen razones para creer que el acuerdo cesó hace más de 10 años.
Capítulo 6: El nivel de detalle requerido a la hora de inscribirse
45 En los capítulos 3 y 4 se presenta la información requerida a la hora de inscribirse en virtud de los dos niveles.
46 Los participantes habrán de proporcionar datos suficientes a la hora de inscribirse para asegurar que el Gobierno ha obtenido una imagen clara de las actividades que se les ha instruido que lleven a cabo o que gestionen, y los medios a través de los cuales ellos habrán de hacerlo. Declaraciones imprecisas tales como “Me comunico con el Gobierno para influenciar la política” o bien “Vendo bienes y servicios” no será suficiente. No obstante, es posible proporcionar información sobre la naturaleza y el propósito de las actividades. Por ejemplo, no será necesario registrar cada correo electrónico enviado como parte de las actividades de influencia política, o cada venta individual llevada a cabo, o reunión mantenida en virtud de un proyecto. Se recomienda que usted tenga en cuenta cómo puede que evolucionen las actividades a lo largo del tiempo a la hora de describir sus actividades, para garantizar que la información no se convierte en desfasada fácilmente.
47 A los participantes no se les requiere que proporcionen información a la que tienen derecho a negarse a divulgar en procedimientos jurídicos, sobre la base del privilegio de la profesión legal (en Escocia, la comunicación de confidencialidad). De forma similar, a ellos no se les requerirá que divulguen materiales periodísticos confidenciales (tal y como se definen en el Artículo 264 de la Ley de Poderes de Investigación de 2016) ni que identifiquen o confirmen una fuente de información periodística (tal y como se define en el Artículo 263 de la Ley de Poderes de Investigación de 2016).
Capítulo 7: Excepciones a la publicación
48 Existen limitadas circunstancias en las que resultan de aplicación excepciones a la publicación. A la hora de inscribir una acuerdo, al participante se le preguntará que declare, como parte del proceso de inscripción, si ellos creen que una excepción resulta de aplicación.
49 Excepciones a la publicación resultan de aplicación en las siguientes circunstancias:
-
Excepción 1: Cuando exista un riesgo de que la publicación resulte en perjuicio de la seguridad o interés del Reino Unido.
-
Excepción 2: Cuando exista un riesgo de que la publicación resulte en perjuicio de la prevención o detección de la delincuencia, una investigación delictiva o procedimientos penales;
-
Excepción 3: Cuando exista un riesgo significativo de que la publicación pondría en riesgo la seguridad de cualquier persona.
-
Excepción 4: Cuando la publicación suponga la revelación de información comercial de carácter confidencial.
Proceso para la aplicación de excepciones a la publicación
50 Los participantes que crean que resulta de aplicación una excepción a la publicación, habrán de proporcionar pruebas de apoyo a la hora de hacer la inscripción. El servicio de registro online proporciona la oportunidad de hacerlo así a los participantes, una vez que hayan presentado la inscripción.
51 El Equipo de Gestión del caso del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) informará al participante si la excepción ha sido objeto de aplicación. En algunas circunstancias, el Equipo de Gestión del Caso del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) puede que solicite pruebas adicionales del participante. Si las pruebas para apoyar una excepción a la publicación resultan insatisfactorias, o no cumplen con el criterio de cualquiera de las excepciones, entonces al participante se le notificará la fecha en la que la información será publicada. Para el caso de que el participante proporcione pruebas adicionales de que una excepción resulta de aplicación con anterioridad a esa fecha, entonces la publicación será retrasada mientras las pruebas adicionales son objeto de consideración. Para el caso de que una excepción no sea concedida, al participante se le dará una oportunidad de solicitar que sean reconsideradas.
52 La excepciones a la publicación pueden resultar de aplicación a una inscripción como un todo, o sólo resultar de aplicación a parte de la inscripción. En éste último caso, la inscripción será publicada pero se suprimirá la información relevante. Por ejemplo, con inscripciones en las que únicamente parte de la información comercial sea confidencial, la inscripción será publicada, pero se suprimirá la información comercial de carácter confidencial.
53 No podrán argumentarse excepciones en escenarios en los que la información del Registro Público cause únicamente daño a la reputación.
54 No existe la necesidad de hacer una pausa en las actividades cuando una excepción a la publicación esté siendo objeto de consideración. La decisión de si una excepción resulta de aplicación, no tiene una influencia en si las puede que continúen o no.
55 Las excepciones a la publicación pueden aplicarse de forma retrospectiva, lo que significa que una inscripción o información como parte de una inscripción, pueda ser eliminada del Registro Público después de que la misma haya sido publicada. Puede que éste sea el caso, si por ejemplo, ha habido un cambio en las circunstancias desde que se hizo la inscripción y una excepción ha comenzado a resultar de aplicación.
56 Si usted cree que debería de resultar de aplicación una excepción a la publicación a una inscripción que ya ha sido publicada, usted debería de ponerse en contacto con el Equipo de Gestión del Caso, y proporcionar pruebas para apoyar su reclamación de que una excepción resulta de aplicación.
57 Sólo debería impedirse la publicación de la información durante el tiempo que la excepción resulta de aplicación. Por ejemplo, puede que exista información exceptuada debido a que la misma es información comercial de carácter confidencial, mientras un contrato está siendo negociado. Si, una vez que se firma el contrato, la información no continúa siendo confidencial, el participante habrá de notificar al Equipo de Gestión del Caso, de modo que pueda actualizarse el Registro.
Excepción 1: En perjuicio de la seguridad o los intereses del Reino Unido
58 Esta excepción resulta de aplicación cuando la publicación sea perjudicial para la seguridad o intereses del Reino Unido.
59 Ejemplos de situaciones en las que ésta excepción puede que resulte de aplicación son como sigue:
-
Cuando la publicación revele datos de comunicaciones confidenciales que involucren al Gobierno del Reino Unido (por ejemplo, en asuntos relativos a la defensa):
-
Cuando la publicación pueda prestar a asistencia a un poder extranjero o entidad especificada en virtud del nivel superior del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) a la hora de actuar contra los intereses del Reino Unido;
-
Cuando la publicación represente un riesgo para la infraestructura del Reino Unido o para el patrimonio del Gobierno.
Excepción 2: En perjuicio de las investigaciones y procedimientos penales
60 Esta excepción resulta de aplicación cuando la publicación sea perjudicial para:
i) La prevención o detección de la delincuencia; ii) Procedimientos penales; o bien iii) Una investigación delictiva.
61 Ejemplos de situaciones en las que ésta excepción puede que resulte de aplicación, son como sigue:
-
Cuando la publicación pudiese revelar información que haría más fácil la comisión de un delito (por ejemplo, si pudiese revelar el lugar en el que estaba siendo vendidas ilegalmente sustancia estupefaciente);
-
Cuando la publicación pudiese revelar información que formaba parte de una investigación delictiva.
Excepción 3: Pone en riesgo la seguridad de una persona
62 Esta excepción resulta de aplicación cuando existe un riesgo significativo de que la publicación podría la seguridad de cualquier persona en riesgo de sufrir daño grave.
63 Ejemplos de situaciones en las que ésta excepción puede que resulte de aplicación, son como sigue:
-
Cuando la publicación represente un riesgo para la vida de una persona;
-
Cuando la publicación represente un riesgo para la salud física de una persona (por ejemplo, el riesgo de que ellos puedan sufrir una lesión grave, incluyendo como resultado de violencia doméstica);
-
Cuando la publicación represente un grave riesgo para la salud mental o emocional de una persona (por ejemplo, el riesgo de poder sufrir hostigamiento o acoso).
64 Esta excepción puede que resulte de aplicación, en concreto, a aquellos que hagan campaña por asuntos relativos a los derechos humanos, en los casos en los que ellos, sus familias o sus compañeros pudiesen correr el riesgo en su país de origen, como resultado de aparecer en el Registro Público.
65 Asimismo, es probable que la excepción resulte de aplicación en escenarios en los que se haya utilizado coacción por parte de una poder extranjero, como parte de una instrucción a una persona, ya que podrían adoptarse medidas adicionales coercitivas o punitivas por parte del poder extranjero, como resultado de aparecer en el Registro Público.
66 Quizá sea más probable que resulte de aplicación la excepción a quienes estén involucrados en trabajo controvertido, por ejemplo, experimentos con animales, estudios de investigación de armas, tratamiento del aborto o aquellos que operen encubiertos dentro de los servicios de ejecución de la ley o servicios de seguridad. No obstante, si la publicación no reveló (implícitamente o explícitamente) los tipos de trabajo en los que estuvieron involucrados, entonces la excepción no sería de aplicación automáticamente, incluso en los casos en los que una persona nombrada en la inscripción, trabajase en uno de esos campos.
67 Cuando resulte posible, las pruebas para apoyar esta excepción deberán, en la medida de lo posible, incluir pruebas de un grave riesgo a una persona nombrada. No obstante, en algunas circunstancias, las pruebas de riesgos para un grupo específico que resulten de actividades similares en el pasado puede que sea pruebas de apoyo aceptables. No obstante, habrá de haber pruebas de la existencia de un enlace causal entre la publicación y el riesgo para la persona.
68 Pruebas aceptables puede que incluyan, si bien de forma no excluyente, las siguientes:
-
un número de incidente policial si se ha producido un ataque previo;
-
pruebas documentales de una amenaza o ataque, tales como fotografías o grabaciones;
-
ejemplos de circunstancias en las que las personas que pertenecen al mismo grupo que llevan a cabo actividades similares, han sido sometidos a riesgos de seguridad personal (ésto podría incluir nuevos informes de esas circunstancias);
-
pruebas de empleo en una organización (por ejemplo, una agencia extranjera de inteligencia), que le hace correr a usted un riesgo concreto;
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pruebas de poseer una cierta característica o pertenecer a un cierto grupo (por ejemplo, un grupo religioso) que le hace correr a usted un riesgo particular.
69 Resulta posible que únicamente explicaciones, sin pruebas documentales, puedan ser utilizadas para demostrar que esta excepción resulta de aplicación. No obstante, la explicación necesitaría proporcionar detalles suficientes para demostrar el nivel de riesgo, la persona o tipos de persona que correrían el riesgo de sufrir daño, la naturaleza del daño que podría ser causado, y por qué la publicación podría conllevar ese riesgo.
70 Riesgos que son puramente hipotéticos por naturaleza, sin pruebas que los apoyen, no satisfarán el umbral para que resulte de aplicación esta excepción. Por ejemplo, un riesgo hipotético de que la identificación de un individuo por medio del Registro Público podría conllevar a que ellos estuviesen sometidos a hostigamiento, no sería suficiente, para el caso de que no se haya identificado pruebas de que se haya producido hostigamiento a ese individuo, individuos pertenecientes al mismo grupo, o individuos que lleven a cabo actividades similares.
Excepción 4: Información comercial de carácter confidencial
71 Esta excepción resulta de aplicación cuando la publicación resulte en la revelación de información comercial de carácter confidencial.
72 Entre los ejemplos de tipos de información comercial que podría ser considerada de carácter confidencial, se incluyen:
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gastos de capital y gastos de explotación;
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fusiones y adquisiciones pendientes; y
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secretos comerciales, patentes y otra propiedad intelectual.
73 Para argumentar que resulta de aplicación la excepción por información comercial de carácter confidencial, será necesario proporcionar pruebas para demostrar que:
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Información que sería publicada, es confidencial; y
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Es altamente probable que su publicación resulte en una grave perjuicio para los intereses comerciales de cualquier persona física o jurídica.
74 La información es considerada confidencial si:
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No resulta generalmente conocida o disponible para individuos externos a sus organización, a menos que ellos necesiten acceso a la información para cumplir con sus funciones (tal y como puede que sea caso con ciertos contratistas, suministradores o socios empresariales); y
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Está sujeta a medidas para prevenir que sea divulgada fuera de esos círculos cerrados (por ejemplo, restricciones de acceso en el área en el que la información es almacenada; o acuerdos contractuales que prohiben la divulgación de la información).
75 Para que esta excepción resulte de aplicación, es necesario que exista un claro vínculo entre la publicación y el daño a intereses comerciales. Por ejemplo, ésto puede incluir casos en los que existen datos concretos que serán publicados y que resultarían altamente ventajosos para la competencia.
76 Es posible la mera existencia de un acuerdo comercial que por sí mismo, podría ser confidencial. No obstante, sería necesario que un participante proporcionase pruebas que demostrasen que ése es el caso. En estas circunstancias, la inscripción al completo no será publicada.
77 Mientras que las pruebas aceptables para demostrar que una excepción resulta de aplicación variarán en cada caso, los siguientes tipos de pruebas podrían ser provistas (si resultan ser apropiadas y relevantes);
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Copias de Acuerdos de Confidencialidad o datos relativos a obligaciones contractuales;
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Solicitudes de patentes u otros documentos de protección de la propiedad intelectual;
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Evaluaciones especializadas del valor comercial de la información.
78 Asimismo, resulta posible que únicamente las explicaciones, sin la prueba documental, pudiesen ser utilizadas para demostrar que la excepción resulta de aplicación, en concreto, en acuerdos informales. No obstante, el participante habrá de asegurarse que proporciona suficientes datos para demostrar no sólo que la información es confidencial, sino también que resulta altamente probable que la publicación de la misma cause un grave perjuicio a los intereses comerciales.
79 El riesgo de causar daño a la reputación como resultado de la publicación, por sí mismo, no significa que resulte de aplicación la excepción a la publicación. Sería necesario proporcionar pruebas relativas al modo en el que se casaría daño a la reputación a partir de la publicación, y cómo causaría un grave perjuicio a los intereses comerciales de la empresa.
80 Los riesgos que por naturaleza son puramente hipotéticos, sin pruebas en las que se apoyen, no cumplirán con la condición para que esta excepción resulte de aplicación. Por ejemplo, no sería suficiente un riesgo hipotético de que la publicación de un acuerdo conllevaría a conceder una ventaja comercial a la competencia, si no hubiese una explicación o pruebas de por qué la información publicada tendría un valor suficiente para la competencia.
Capítulo 8: Interacción del Registro Público del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) con otras publicaciones para la transparencia
81 El nivel de influencia política del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) requiere que las personas físicas o jurídicas se inscriban cuando las mismas estén dirigidas por un poder extranjero para llevar a cabo o acordar actividades de influencia política. Ésto podría incluir comunicaciones o desembolsos a Parlamentarios, Ministros, y Oficiales Superiores del Gobierno a quienes tengan la intención de influenciar.
82 Existe un número de otras publicaciones de trasparencia del Gobierno y Parlamentarias que registran datos de las reuniones y regalos/donaciones otorgados a Parlamentarios, Ministros del Gobierno, asesores especiales y Funcionarios Superiores; alguna de la información del Registro del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) puede aparecer, por tanto, también en estos Registros.
83 No obstante, resulta importante reconocer que, mientras puede que ocurra algún solapamiento, el propósito, el ámbito y los requisitos del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) son fundamentalmente distintos a los otros registros y publicaciones. Resulta posible que información del Registro Público del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) no sea registrable o esté fuera del alcance de los otros Registros o publicaciones. De forma similar, resulta igualmente posible que información incluida dentro del ámbito de otro Registro Público, esté fuera del alcance del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS). No siempre resultará claro, a partir de la información incluida en otros Registros, si la actividad se enmarca dentro del ámbito del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS).
84 El Registro Público del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) es asimismo un registro en vivo, en el que las inscripciones (sujetas a cualquier excepción) son hechas públicas tan pronto como resulte razonablemente práctico, toda vez que hayan sido procesadas por un trabajador del caso del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS), mientras que otros Registros son publicados a intervalos programados. Por tanto, resulta posible que información aparezca en un Registro antes que en otro.
85 El Registro Público del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) proporcionará, en un único lugar, una imagen completa de la actividad de influencia política llevada a cabo bajo la instrucción de poderes extranjeros.
Los Registros Parlamentarios de Intereses Financieros del Reino Unido
86 El Registro de Intereses Financieros de los Miembros requiere a los Miembros del Parlamento que proporcionen información sobre todo interés financiero que tengan, o cualquier beneficio que ellos reciban, y que otras personas puedan considerar, de forma razonable, que influencian sus acciones, declaraciones o votos en el Parlamento, o acciones adoptadas en calidad de Miembro del Parlamento. De modo similar, resultan de aplicación requisitos a Miembros de la Cámara de los Lores.
87 El Registro de Intereses Financieros de los Miembros de la Cámara de los Comunes es actualizado aproximadamente cada quince días, o mensualmente, cuando el Parlamento se encuentre en período de descanso. El Registro de Intereses de los Miembros de la Cámara de los Lores es actualizado a diario, cuando la Cámara se encuentre en el período de reuniones.
88 En circunstancias en las que una comunicación o desembolso se realice a un Miembro de cualquier Cámara del Parlamento por una persona que haya sido instruida por un poder extranjero y tenga la intención de influenciarles, el acuerdo con el poder extranjero al que se refiera esa comunicación o desembolso, resultaría igualmente inscribible en virtud del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS). No obstante, resultará necesario que sea inscrito por la persona que esté siendo instruida por el poder extranjero, en vez del Miembro del Parlamento o Miembros de la Cámara de los Lores. En virtud del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) diferentes niveles de información serían requeridos, y los calendarios de las publicaciones puede que tampoco coincidan.
89 El Programa de Registro de Influencia extranjera (FIRS) no asigna ninguna función de denuncia sobre los Parlamentarios que son objeto o receptores de actividades de influencia política. En cambio, el programa requiere que la persona o personas que sean instruidas a hacer o gestionar tales comunicaciones o desembolsos, registren su actividad en el Registro Público.
90 De forma similar, aparecer en el Registro Público de Programa de Registro de Influencia Extranjera no significa que un Parlamentario necesite hacer una inscripción en el Registro Parlamentario de Intereses del Reino Unido, excepto cuando por ejemplo, ellos hayan recibido un regalo o atención que resulte registrable en virtud de las normas parlamentarias.