Guía sobre Avisos de Información Emitidos en virtud del Programa de Registro de Influencia Extranjera
Actualizado 25 julio 2025
Abril 2025
Cualquier consulta relativa a esta publicación, habrá de sernos remitida a FIRS@homeoffice.gov.uk
Sobre esta Guía
El Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS) es un programa de dos niveles que asegura la trasparencia de la influencia extranjera en la política del Reino Unido, y proporciona mayores garantías entorno a actividades de determinados poderes extranjeros o Entes, que quizá representen un riesgo para la seguridad y para los intereses del Reino Unido. Está contenido en el Título 4 de la Ley de Seguridad Nacional de 2023.
El programa permite al Gobierno emitir avisos de información a aquellas personas que se encuentren dentro del ámbito del programa. A los receptores de los avisos de información se les requerirá que proporcionen información establecida en el aviso, antes de una fecha especificada.
Esta guía establece detalles sobre avisos de información emitidos en virtud del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS), incluyendo a quién pueden emitirse avisos de información, y los delitos por dejar de cumplir con los avisos. La misma está destinada a aquellos quizá celebren acuerdos inscribibles en virtud del programa, o que lleven a cabo actividades en virtud de esos acuerdos.
Capítulo 1: Introducción a los avisos de información
1. Un aviso de información es una solicitud de información relativa a un acuerdo o actividad registrables en virtud del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS). Los destinatarios de los avisos de información tienen la obligación legal de responder antes de la fecha especificada en el aviso.
2. Un aviso de información no implica necesariamente que se sospeche que el receptor haya cometido un delito penal, ni que esté haciendo algo indeseable. Aquellas personas que cumplan con esos avisos, están prestando su apoyo a la resistencia del Reino Unido y de sus instituciones, frente a las amenazas de Estado.
3. La emisión de un aviso de información no tiene efectos sobre la realización de actividades. Las actividades pueden que continúen llevándose a cabo, mientras se prepara una respuesta al aviso de información.
4. Dejar de cumplir con un aviso de información, sin contar con una escusa razonable, constituye un delito penal. El mismo resulta punible con:
a. Una pena de hasta 5 años de prisión y una multa en virtud del nivel superior;
b. Una pena de hasta 2 años de prisión y una multa en virtud del nivel de influencia política.
Capítulo 2: ¿A quién puede emitirse un aviso de información?
5. El Artículo 75(1) y (2) de la Ley de Seguridad Nacional de 2023 establece que el Gobierno podrá emitir un aviso de información a cualquiera de las siguientes personas:
a. Aquellas personas que se hayan inscrito, en virtud de cualquier nivel del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS);
b. Aquellas personas que se tenga la creencia de que son parte de un acuerdo cuya inscripción es requerida, en virtud de cualquier nivel del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS);
c. Aquellas personas que se tiene la creencia que están llevando a cabo (o realizando gestiones para que otras personas lleven a cabo) actividades cuya inscripción es requerida, o que resulten de un acuerdo cuya inscripción sea requerida, en virtud de cualquier nivel del Programa de Registro de Influencia Extranjera (FIRS).
6. Entre aquellas personas que se hayan inscrito, podrá emitírseles un aviso de información a quienes hayan proporcionado datos insuficientes en su inscripción (por ejemplo, cuando no resulte claro el tipo de actividad en la que están involucrados o qué es lo que persiguen conseguir) o cuando se necesiten datos adicionales para proporcionar una transparencia completa sobre el acuerdo o las actividades inscribibles.
7. Los avisos de información no pueden ser emitidos a aquellos que se sepa que son beneficiarios de una exención, tales como misiones diplomáticas extranjeras, pero pueden emitirse a aquellos a quienes resulte de aplicación o no la exención, para establecer si ése es o no el caso.
8. Si usted cree que se le ha emitido un aviso de información por error, debido a que usted no es parte de un acuerdo inscribible, o no lleva a cabo ni gestiona actividades inscribibles, usted debería de ponerse en contacto con el Equipo de Gestión del Caso del Programa de Registro de Influencia extranjera (FIRS). Usted deberá de proporcionar un explicación clara, relativa a por qué cree usted que el aviso fue emitido por error.
Capítulo 3: Información requerida por medio de un aviso de información
9. Un aviso de información especificará la información requerida, así como la fecha antes de la cuál la infromación habrá de ser proporcionada.
10. Un aviso de información puede que requiera datos adicionales del acuerdo o las actividades que están siendo llevadas a cabo. Ésto podría incluir:
a. Pruebas del acuerdo (incluyendo correspondencia o un contrato formal);
b. Información sobre las partes del acuerdo;
c. Cualquier otra información que garantice la trasparencia sobre las actividades o acuerdos inscribibles (incluyendo extractos financieros, correspondencia, invitaciones a reuniones/eventos, o agendas de reuniones/eventos)
11. En los casos en los que un aviso de información requiera su publicación en el Registro Público, ésto aparecerá claramente indicado en el aviso.
12. En los casos en los que se requiera información que no se enmarca en la información incluida en el Registro Público, tal y como extractos financieros, entonces esa información será manipulada de conformidad con la Ley de Protección de Datos de 2018, y el Reglamento de Protección de Datos Generales del Reino Unido, y no será incluida en el Registro Público.
13. Los avisos de información no requieren que el destinatario proporcione información cuya revelación en los procedimientos judiciales, ellos tengan el derecho a rechazar, sobre la base del privilegio profesional legal (en Escocia, la confidencialidad de las comunicaciones). De forma similar, a ellos no se les requerirá que divulguen materials periodísticos confidenciales (tal y como se definen en el Artículo 264 de la Ley de Poderes de Investigación de 2016) ni que identifiquen o confirmen una fuente de información periodística (tal y como se define en el Artículo 263 de la Ley de Poderes de Investigación de 2016).
Capítulo 4: Proceso de recepción y respuesta a avisos de información
14. El Equipo de Gestión del Caso del Programa de Registro de Influencia extranjera (FIRS) perteneciente al Ministerio del Interior Británico resulta responsable de la gestión del Programa, y de emitir avisos de información.
15. El método a través del cuál debería de presentarse una respuesta, aparecerá especificado en el aviso
16. La fecha antes de la cuál se requiere una respuesta, también aparecerá indicada en el aviso. Esa fecha será de al menos 5 días laborables a contar desde la fecha en la que se emita el aviso.
17. De forma adicional a los avisos formales de información, y cuando resulta apropiado, el Equipo de Gestión del Caso puede que también se ponga en contacto con los participantes, a través de un método más informal, persiguiendo la clarificación de información proporcionada en la inscripción.